COMITÉ ELECTORAL - SUTEP - BARRANCA

Wednesday, June 14, 2006

REGLAMENTO DE ELECCIONES UNIVERSALES SUTEP- BARRANCA

COMITÉ ELECTORAL

REGLAMENTO DE ELECCIONES UNIVERSALES 2006

Artículo 1º.- El Sindicato Unitario de trabajadores en la Educación de la Provincia de Barranca, SUTEP Provincia de Barranca debidamente inscrito en el Ministerio de Trabajo con Registro Exp.001-2004-SRTPELC/ZTPE-H llevará acabo las Elecciones Universales el 21 de junio del 2006, de 10.00 a.m. a 6.00 p.m., para la elección del Comité Ejecutivo del SUTE Provincia de Barranca periodo 2006-2008, el mismo que se rige por lo dispuesto en el siguiente reglamento.

Las elecciones serán conducidas por el Comité Electoral designado en Convención Provincial del 25 de agosto del 2005.

Articuló 2º.- Podrán participar como electores los profesores afiliados consignados en la nónima presentada en el expediente de inscripción sindical como también aquellos que se hayan afiliado para las elecciones del 2006. Con los cuales el Comité Electoral elaborará el Padrón Electoral.
Los Electores votarán por la lista de su preferencia marcando el número que identifica a la lista.

Artículo 3º.- Podrán participar como candidatos los profesores que figuren en el Padrón Electoral y cumplan los siguientes requisitos:
- Estar afiliados en un lapso no menor de 1 año.
- Tener cotización vigente al sindicato o haber cotizado.
- No tener sentencia al Sindicato o haber cotizado.
- No tener sentencia vigente por delito doloso.
- Haber acatado las últimas medidas de lucha Magisterial.
- Desempeñarse como profesor con alumnos a cargo, Auxiliar de Educación y/o docente bibliotecario.
- No tener antecedentes por apropiación ilícita del dinero del sindicato.

Artículo 4º.- La participación se hará mediante listas que contendrán los siguientes cargos:
- Secretaria General
- Subsecretaria General.
- Secretaria de Organización y Estadística.
- Secretaria de Defensa.
- Secretaria de Prensa y Propaganda.
- Secretaria de Economía y Finanzas.
- Secretaria de Relaciones Sindicales y Populares.
- Secretaria de Cultura y Deportes.
- Secretaria de Asuntos Pedagógicos.
- Subsecretaria de Organización y Estadística.
- Subsecretaria de Defensa.
- Subsecretaria de Economía y Finanzas.

La lista al momento de su inscripción presentara su plan de trabajo 2006-2008, la nónima de su lista confirma a cada uno de los postulantes según cargo y la relación de sus personeros: Personero Titular, y Personero Suplente; los cuales deberán ser profesores consignados en el Padrón Electoral.
La inscripción lo realiza el Personero Titular de la Lista, que adjuntará en la solicitud de inscripción de su Lista su Credencial dada por el candidato a la Secretaria General de su Lista; así como el domicilio legal de la Lista, lugar donde se dará cualquier comunicación del Comité Electoral. El Derecho de Inscripción será de s/ 30.00 (treinta y 00/100 nuevos soles) por lista.

Articulo 5º.- El cronograma de Elecciones 2006 será:

- Inscripción de listas: 9, 12, 13 de junio.
- Tachas 14 de junio.
- Absolución de tachas 14 de junio.
- Publicidad de listas hábiles 15, 16, 17 de junio
- Campaña Electoral. 15, 16, 17 de junio
- Presentación Pública de listas hábiles y su plan de trabajo 15, 16,17 de junio
- Elecciones 21 de junio
- Computo y publicación de resultados 21 de junio
- Juramentación 22 de junio.

Articulo 6º.- Las tachas podrá hacerlo cualquier profesor y ciudadano que tenga conocimiento de los impedimentos que aya incurrido uno o más candidatos de una lista, mediante escrito y fundamentado, dirigido al Comité Electoral y adjuntando las pruebas comprobatorias que corresponda. El Comité Electoral de oficio ejercerá la capacidad de tacha en le presente proceso electoral, el mismo que lo puede hacer cualquiera de sus miembros y su fallo es inapelable.
Si se declara fundada la tacha de más de 1/3 de postulantes de una lista, la lista será declarada inhábil y no podrá participar en las elecciones universales.
Si durante el proceso electoral previo a las elecciones y/o en el mismo día de las elecciones, algún miembro de las listas participantes incurriera en actos hostiles al proceso o se coludiera con la patronal para sabotear las elecciones universales el Comité Electoral dispondrá su retiro de la Lista. Si participara más de 1/3 de postulantes en dichos actos se procederá a retirar la lista completa.

Articulo 7º.- Las listas se inscribirán en la Secretaria del Comité Electoral, cuyo domicilio para efectos de la inscripción y tachas será la Av, Arica 179 , Conforme a la presentación de las listas se le asignara un número que será el de su identificación en las elecciones 2006.

Articulo 8º.- El Comité Electoral instalará 3 mesas electorales, las que serán dirigidas por un miembro del Comité Electoral, que asumirá la presidencia de mesa y 2 profesores sorteados del Padrón Electoral que actuaran de secretario y vocal.
Una mesa será para los profesores de Valle Fortaleza y Pativilca; otra mesa para los del Valle Barranca y Supe; que serán mesas móviles y la tercera mesa que funcionara en el local de la casa del maestro sitio en Andrés de los Reyes s/n, Barranca, donde sufragaran los maestro de la Provincia, incluyendo a los que no sufragaron en las Mesas Móviles. Los Distritos de Supe, Puerto Supe, Barranca, Pativilca y Paramonga, con excepción de los docentes que laboren en los Valles Fortaleza y Pativilca.
Las mesas móviles funcionarán entre las 6:30 a.m. hasta las 3:00 p.m. luego del cual debidamente selladas su ánforas se dirigirán a la casa del maestro para el proceso de computo correspondiente al finalizar el proceso electoral de la mesa ubicada en la casa del maestro. La tercera mesa funcionara de 8:00 a. m. hasta las 6:00 p.m.

Artículo 9º.- Cada mesa tendrá su ánfora, Cédulas Electorales, Cartel de las listas, Padrón de Electores (de inicio y de cierre) y los materiales de oficina y logísticos necesarios para el proceso electoral que será habilitado por el Comité Electoral.
Los miembros de las mesas no podrán hacer abandono de las mismas así como deberán entregar todos los materiales que se facilite, incluyendo donde deben firmar, bajo causal de sanción disciplinaria en el Sindicato a propuesta del Comité Electoral.
Las actas tienen validez aun con la sola firma del presidente de mesa. En las mesas podrán participar un personero acreditado por el candidato o Secretario General de la lista.

Artículo 10º.- El acta de Escrutinio General que involucra el resultado de las tres mesas, se hará en presencia del Comité de los Miembros del Comité Electoral y el Personero Titular de las listas hábiles participantes. Podrán participar si así lo solicita el Secretario y Vocal de las 3 mesas, en calidad de observadores.

Artículo 11º.- Será proclamando ganador la lista que hubiera obtenido la mayoría simple de votos.
En caso que hubiera una sola lista, será proclamado ganador dicha lista con la cantidad de votos que hubiera obtenido en el proceso electoral siempre y cuando los votos que obtengan no sean inferiores a la suma de los votos blanco y viciado.

Artículo 12º.- El Comité Electoral podrá invita a la Defensora del Pueblo, a transparencia, ONPE y/o cualquier otra institución para que supresión la buena marcha del proceso, los mismos que podrán asistir también al Acto de Escrutinio en calidad de Veedores

Artículo 13º.- La nómina de los afiliados de cada SUTE Base para el proceso electoral será entregada hasta 48 horas antes de las elecciones al Comité Electoral.

Artículo 14º.- Los fallos del Comité Electoral son inapelables

Artículo 15º.- Los puntos no contemplados en el presente Reglamento serán resueltos por el Comité Electoral.


Barranca, junio del 2006





COMITÉ ELECTORAL

0 Comments:

Post a Comment

<< Home